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miércoles, julio 29, 2026

Prisión a un hombre que se hizo pasar por agente de la autoridad para pedir a menores imágenes de tipo sexual

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a una pena de prisión de 16 meses de prisión por dos delitos contra la integridad moral a un hombre que se hizo pasar por agente de la Policía Local y de la Guardia Civil para requerirle a dos menores que le enviaran vídeos de contenido sexual.

La Sala le impone además una pena de multa de 2.880 euros como autor de dos delitos de quebrantamiento de medida cautelar ya que cometió los hechos cuando sobre él pesaba una medida cautelar de prohibición de alejamiento y comunicación respecto de las víctimas.

El hombre deberá indemnizar con 1.500 euros a cada uno de los menores por los daños morales que les generó con su comportamiento. No podrá comunicarse por ningún medio ni acercarse a menos de 500 metros de ellos por un tiempo de 16 meses, a contar a partir del cumplimiento de la pena de prisión.

El primero de los hechos ocurrió el 5 de junio de 2023, cuando el condenado contactó con uno de los niños, que tenía 15 años en ese momento, a través de una red social y se hizo pasar por agente de la Policía Local para requerirle que le enviara vídeos en los que mostrara o se golpeara los testículos.

El falso policía amenazó a la víctima con compartir a través de un enlace del colegio otro vídeo de tipo sexual que tenía de él. El ahora penado no logró finalmente su propósito a consecuencia de la negativa del chico.

Días después, entre el 20 y el 21 de junio, el hombre repitió el comportamiento con otro menor. Esta vez fingió ser un agente de la Guardia Civil y le dijo que podía ayudarle con un juicio que la víctima tenía pendiente precisamente con el ahora condenado, por unos hechos que no se juzgan en este procedimiento.

A continuación, la pidió que le enviara vídeos de contenido sexual en los que apareciera el menor y le amenazó con que que, si no lo hacía, “iría a por él”, “sería peor” o tendría que pagarle 190.000 euros “si perdía el juicio” que tenía pendiente. En este caso, tampoco consiguió que el perjudicado le enviara el material requerido.

Durante la comisión de ambos hechos, el hombre actuó con el conocimiento de que tenía prohibido acercarse o comunicarse por ningún medio con las dos víctimas en función de dos autos dictados por sendos juzgados de Instrucción. La sentencia, fruto de un acuerdo entre las partes en las que mostraban su conformidad con los hechos, la calificación delictiva y las penas, no se puede recurrir.

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