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miércoles, julio 29, 2026

Mejoras en la tramitación de los expedientes para ofrecer servicios de criptoactivos

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado nueva información y documentos relacionados con la próxima entrada en vigor del Reglamento europeo MiCA relativo a los mercados de criptoactivos.

En concreto, se trata del Manual para la solicitud de la autorización de proveedores de servicios de criptoactivos (PSC) y el Modelo de notificación de la información que han de presentar determinadas entidades financieras para prestar servicios de criptoactivos.

Ambos documentos tienen por objeto facilitar los procesos de autorización de proveedores de servicios de criptoactivos y de notificación de las entidades financieras que deseen prestar estos servicios. El manual y el modelo suponen una guía sobre la documentación e información exigibles a los interesados.

Con esta publicación se cumple uno de los objetivos del Plan de Actividades de la CNMV para 2024, destinado a facilitar a los intermediarios financieros interesados su preparación para la entrada en vigor del Reglamento citado.

De hecho, la CNMV anticipa la difusión de ambos documentos a la aprobación, aún pendiente a nivel europeo, de las normas de desarrollo del Reglamento MiCA (normas técnicas de regulación -RTS- y de ejecución -ITS-) relacionadas con los procedimientos de autorización y de notificación.

En todo caso, el manual y el modelo se han elaborado a partir de los últimos borradores disponibles de las citadas normas de desarrollo, y se ajustarán (si fuera necesario) a sus contenidos finales.

El Reglamento MiCA no es aplicable hasta el 30 de diciembre de 2024, por lo que la CNMV no autorizará a ninguna entidad a prestar servicios de criptoactivos hasta ese momento. No obstante, los interesados podrán presentar sus solicitudes a partir de este mes de septiembre para facilitar y agilizar el proceso.

Solicitudes y notificaciones

El manual y el modelo de notificación serán de uso obligatorio. Ambos documentos facilitarán la gestión de los expedientes que se reciban por parte del Departamento de Autorización y Registros de Entidades (DARE) de la CNMV.

Se recomienda a los promotores de PSC que, antes de presentar la solicitud formal, soliciten una reunión con el equipo de DARE de la CNMV que gestionará los expedientes, para enfocar la tramitación de las correspondientes solicitudes. El mail de contacto es: dare@cnmv.es

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