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martes, julio 28, 2026

Avanza la supresión de castigo alguno por injuriar a la Corona y al Estado, ofensas religiosas, ultrajar la bandera española y enaltecer el terrorismo

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El Pleno del Congreso rechazaba este martes las enmiendas a la totalidad de texto alternativo presentadas a la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal para la protección de la libertad de expresión, que por lo tanto continúa ahora su tramitación parlamentaria.

En concreto, la enmienda del Grupo VOX ha quedado rechazada por 33 votos a favor, 179 en contra y 138 abstenciones, y la del Grupo Popular, por 171 votos a favor y 178 en contra.

La proposición, presentada por el Grupo Plurinacional SUMAR, tiene como finalidad “derogar y modificar aquellos artículos del Código Penal que chocan frontalmente con la libertad de expresión o que tienen un difícil encaje en un sistema democrático”. Según la exposición de motivos, “las restricciones que conforman las fronteras de la libertad de expresión deben ser muy medidas y justificadas, con sanciones proporcionadas, y sin que en ningún momento estas restrinjan el debate público y la libre participación política de la ciudadanía”.

Para ello, esta norma cuenta con un artículo único, que suprime los artículos 490.3, y 491, relativos a injurias y calumnias contra la Corona; el 504, relativo a injurias a las instituciones del Estado; el 525, sobre las ofensas a los sentimientos religiosos; el 543, relativo a ultrajes a España, sus símbolos y emblemas; y el 578, sobre enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas.

Además, la proposición de ley modifica el artículo 22, ampliando los motivos por los que un delito puede considerarse agravado, como el racismo, antisemitismo, ideología, religión, sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, enfermedad, discapacidad o ser víctima del terrorismo. Asimismo, modifica el artículo 538 para sancionar a las autoridades que impongan censura previa o retiren publicaciones fuera de los casos permitidos por la ley.

También se introduce un nuevo artículo 536 bis, que sanciona a autoridades o funcionarios que identifiquen a personas fuera de los casos legales con el fin de controlar o conocer su participación en actividades políticas, sindicales, religiosas o relacionadas con el ejercicio de la libertad ideológica o de expresión.

Enmiendas a la totalidad de texto alternativo

Los Grupos VOX y Popular presentaron sendas enmiendas a la totalidad de texto alternativo, que han sido rechazadas. La enmienda del Grupo VOX tenía como fin “garantizar la preservación de las libertades que están en la base de nuestra sociedad; y proteger a esta misma sociedad de aquellos que usan dichas libertades precisamente para destruirla” y “mejorar la protección de los símbolos nacionales incrementando la respuesta penal por la comisión de delitos de ofensas o ultrajes a España”.

En concreto, planteaba introducir como pena privativa de derechos «la pérdida de la nacionalidad española de aquellos que no sean españoles de origen» en determinados supuestos; agravar las penas por ofensas a los sentimientos religiosos cuando se cometieran «por motivos anticristianos«; e incrementar las sanciones por ultrajes a España y sus símbolos, incluyendo la exhibición pública de emblemas contrarios a la integridad territorial.

Asimismo, proponía entre otras cuestiones crear un nuevo delito para sancionar a las autoridades que incumplieran las obligaciones relativas al uso de la bandera de España; agravar las penas por enaltecimiento del terrorismo cuando los hechos fueran cometidos por autoridades; y modificar la Ley del Deporte para implantar un protocolo frente a las ofensas a los símbolos nacionales en competiciones deportivas y prohibir el uso de símbolos considerados ofensivos para España o su integridad territorial.

Por su parte, la enmienda del Grupo Popular defendía mantener el “equilibrio entre la libertad de expresión y la protección de otros derechos fundamentales”, considerando «innecesaria la modificación de los delitos mencionados —y mucho menos su supresión—», por lo que proponía conservar los delitos de injurias a la Corona y a las instituciones del Estado, de ofensa a los sentimientos religiosos y de ultrajes a España y sus símbolos.

Como principal modificación, planteaba reformar el delito de enaltecimiento del terrorismo para tipificar expresamente la convocatoria, promoción o difusión pública de actos y mensajes de enaltecimiento o justificación del terrorismo o de humillación a las víctimas, reforzar las medidas aplicables cuando estas conductas se realizaran a través de internet o fueran idóneas para alterar gravemente la paz pública, y habilitar a jueces y tribunales para ordenar la retirada de contenidos y la suspensión cautelar de actos relacionados con estos delitos.

Tramitación parlamentaria

La proposición de ley orgánica fue tomada en consideración el 19 de diciembre de 2023. Al haberse presentado dos enmiendas a la totalidad, de texto alternativo, la iniciativa se ha sometido a este debate de totalidad.

Una vez rechazadas ambas enmiendas de texto alternativo, el texto continúa su tramitación parlamentaria en ponencia y comisión, que debatirán el texto y las enmiendas al articulado presentadas. Concluida su tramitación en el Congreso se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.

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