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martes, julio 28, 2026

El Gobierno recurre al fondo de contingencia para costear las operaciones españolas de mantenimiento de la paz

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El último Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia para atender los gastos ocasionados por la participación de las Fuerzas Armadas españolas en operaciones de mantenimiento de la paz, por un importe de 641.810.591,11 euros.

De ellos, corresponde a gastos de personal la cantidad de 75.080.551,11 euros, a gastos corrientes en bienes y servicios un importe de 176.634.170 euros, y a inversiones reales una cuantía de 390.095.870 euros.

Las diferentes misiones en las que participan las Fuerzas Armadas españolas atienden a los tres grandes objetivos estratégicos siguientes: proporcionar estabilidad y seguridad; luchar contra el terrorismo; y disuadir y defender el territorio aliado.

Para hacer efectivos tales objetivos estratégicos, en el Consejo de Ministros anterior de 23 de diciembre de 2025 se adoptaron una serie de acuerdos. Entre ellos se encuentra la prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2026, de la autorización de participación de las Fuerzas Armadas y Guardia Civil españolas en una serie de misiones fuera de territorio nacional; así como la prórroga en otras misiones y programas internacionales.

Asimismo, se fijan en 400 los observadores, monitores, oficiales de enlace o asesores militares que puede desplegar España hasta el 31 de diciembre de 2026, a solicitud, en su caso, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para contribuir a misiones de diplomacia, gestión de crisis, de paz o de ayuda humanitaria, y atender a los compromisos que, en el marco multilateral, pueda adoptar España a la vista de la evolución de los procesos de paz en la Franja de Gaza.

Además, se prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2026, la autorización de posibles despliegues de corta duración en el exterior de la Unidad Militar de Emergencias (UME) y de otras unidades de las Fuerzas Armadas ante situaciones de grave riesgo, catástrofes y calamidades u otras necesidades en apoyo a otras solicitudes bilaterales de naturaleza urgente en el marco de los intereses compartidos con países socios y aliados.

Con objeto de financiar esta ampliación se requiere disponer de un importe de 641.810.591,11 euros con cargo al Fondo de Contingencia. Por tanto, en aplicación del artículo 50.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la aprobación del Consejo de Ministros de la aplicación del Fondo de Contingencia.

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