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miércoles, julio 29, 2026

Giro en la política migratoria portuguesa, que plantea la pérdida de la ciudadanía

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Durante años, Portugal se había caracterizado por una política de inmigración relativamente abierta, en comparación con otros países europeos. Sin embargo, a partir de 2024-2025 se observa un cambio de rumbo gradual hacia una regulación más restrictiva. Según un documento de la International Bar Association, entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025 Portugal registró “uno de los periodos más intensos de actividad legislativa y constitucional en migración y nacionalidad desde mediados de los años 2000”.

Este cambio se explica por varias causas: crecimiento del volumen de inmigración en el país, presiones políticas (incluido el ascenso de partidos de derecha y ultraderecha) y el reconocimiento de que la integración efectiva exige mecanismos más rigurosos. El objetivo declarado del Gobierno es “ordenar” la inmigración, reforzar la integración y evitar que el país sea utilizado como vía rápida para ciudadanía sin arraigo.

La normativa básica sobre inmigración en Portugal está recogida en la ley denominada Law 23/2007 (“Régimen de entrada, estancia, salida y expulsión de los extranjeros del territorio nacional”), que ha sido modificada en diversas ocasiones. En concreto, en febrero de 2025 fue aprobada la Law 9/2025, que introdujo cambios técnicos en ese régimen, en parte para adaptarse al sistema europeo de entrada/salida de la UE.

Paralelamente, el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros del pasado 23 de junio un paquete de propuestas para reformar tanto la ley de extranjeros como la ley de nacionalidad (Law 37/1981 sobre nacionalidad). El trámite parlamentario ha sido intenso y, en varios casos, los textos tuvieron que ser remitidos al Tribunal Constitucional de Portugal (TConst) por posibles vulneraciones constitucionales, lo que demuestra la tensión entre los objetivos del Gobierno y los derechos de los inmigrantes.

Principales cambios en la normativa de inmigración

La reforma del régimen de extranjeros contiene múltiples apartados, pero los elementos clave para comprender el nuevo escenario son los siguientes: la eliminación del mecanismo de “manifestação de interesse”. Este mecanismo permitía a extranjeros que ya trabajaban y cotizaban a la Seguridad Social en Portugal regularizar su situación aunque hubieran entrado con visado turístico, etc. En la reforma de julio pasado se aprobó su eliminación.

Se estableció un plazo de transición: quienes estaban registrados antes del 3 de junio de 2024 podrán solicitar residencia hasta el 31 de diciembre de  este año, pero pasado ese plazo ya no podrá utilizarse.

Luego está la restricción de visados de búsqueda de empleo. La reforma limita los visados de “job‐seeking” a personas con alto nivel de cualificación profesional. Esto implica que el simple hecho de entrar al país en busca de trabajo ya no será tan viable para la mayoría de los inmigrantes. De igual modo, la reunificación familiar será más estricta. Así, se impone un requisito mínimo de residencia legal para que el solicitante principal pueda pedir la reunión familiar: en la versión final aprobada, dos años de residencia válida. Para parejas sin hijos la espera puede reducirse a 15 meses de residencia más 18 meses de convivencia previa fuera de Portugal. No obstante, el Constitucional consideró inconstitucionales partes del proyecto porque vulneraban el derecho de familia y la proporcionalidad.

¿Cómo se cuenta el periodo de residencia para la solicitud de nacionalidad? En la reforma de la nacionalidad se establece que el periodo de residencia para naturalización empezará a contar a partir de la fecha de emisión de la primera tarjeta de residencia, no desde la solicitud del permiso. Esto afecta, por ejemplo, a titulares de programas de residencia de inversión.

En cuanto al control reforzado de los procesos de entrada/salida y creación de unidad especializada, se propone la creación de una Unidad Nacional de Extranjeros y Fronteras dentro de la Polícia Segurança Pública (PSP), con competencias específicas en control fronterizo, retorno y vigilancia de extranjeros en territorio nacional.

En resumen, la normativa de inmigración se endurece: se reduce la vía de regularización, se endurecen los requisitos para acceso al mercado laboral, se complican los procesos de reunificación familiar y se agilizan los mecanismos de control y expulsión. Se producen cambios en la normativa de nacionalidad, de modo que se recoge la pérdida de la ciudadanía. La reforma de la ley de nacionalidad es uno de los ejes que más llama la atención, especialmente porque introduce no sólo nuevos requisitos para obtenerla, sino también mecanismos para retirar la ciudadanía en determinados casos.

La nueva normativa contempla que un ciudadano naturalizado puede perder la nacionalidad si comete un crimen grave (por ejemplo delitos contra el Estado, terrorismo, homicidio) con condena de prisión —en algunas versiones, de cinco años o más— y la nacionalización se hubiese producido hace menos de diez años.

En la versión más avanzada, se estipula que si la ciudadanía fue concedida y posteriormente se demuestra que hubo engaño (por ejemplo, ocultación de antecedentes penales), la nacionalidad podrá ser revocada y el individuo inhabilitado para solicitarla de nuevo.

En cuanto a los nuevos requisitos de residencia y vinculación, se propone aumentar el periodo mínimo de residencia para solicitar la nacionalidad por naturalización: de los 5 años actuales a 7 años para ciudadanos de países de la Comunidade dos Países de Língua Portuguesa (CPLP) y hasta 10 años para otros solicitantes.

También se elimina la concesión automática de la nacionalidad para hijos de extranjeros nacidos en territorio portugués; a partir de ahora, los padres deben haber residido legalmente en Portugal al menos tres años al momento del nacimiento, y se limita el derecho de nacionalidad por descendencia (ius sanguinis) hasta los bisnietos de portugueses, lo que reduce la amplitud del derecho anterior.

De igual modo, se exige conocimiento del idioma portugués (nivel A2 hasta ahora) más pruebas de cultura, historia, símbolos nacionales, deberes y derechos del ciudadano portugués, y se endurecen los requisitos del historial penal: se reduce el umbral de condenas que impiden el acceso, por ejemplo, de 3 a 2 años de prisión como criterio de exclusión.

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Aunque muchas de estas medidas han sido aprobadas en el Parlamento, el proceso no está aún concluido. Algunas reformas han sido vetadas o remitidas al Tribunal Constitucional. Por ejemplo, la ley de extranjeros fue vetada en agosto de 2025 por el presidente Marcelo Rebelo de Sousa y cinco de sus disposiciones declaradas inconstitucionales.

Igualmente, el texto definitivo de la nueva ley de nacionalidad aún puede modificarse. Así, aunque algunas disposiciones se anuncian para entrar en vigor inmediatamente tras publicación, será necesario observar la regulación secundaria (órdenes ministeriales) y los períodos de transición.

Esta reforma portuguesa se alinea con una tendencia más amplia en Europa de endurecimiento de los criterios de inmigración y nacionalización, aunque cada país mantiene sus especificidades. En Portugal el elemento distintivo es la introducción explícita de la retirada de la nacionalidad como sanción, algo menos frecuente en otros sistemas europeos que se centran principalmente en requisitos de obtención y muy pocas veces en la pérdida.

Además, el hecho de que Portugal haya sido considerado hasta ahora como un país de inmigración relativamente modesto vuelve este giro aún más notable. Según datos de la European Migration Network, en 2022 había en Portugal más de 1,5 millones de extranjeros residentes, cifra que ha crecido significativamente en los últimos años.

 

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