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martes, julio 28, 2026

La mayoría de gobierno tumba las enmiendas de PP y VOX a la reforma de la ley sobre la edad de los ‘menas’

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El Pleno del Congreso ha rechazado este jueves las enmiendas a la totalidad de devolución presentadas al Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, complementaria de la Ley por la que se modifica la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, para regular el procedimiento de determinación de la edad.

Las enmiendas, presentadas por los grupos VOX y Popular, han sido rechazadas por 170 votos a favor y 175 en contra, por lo que el texto continuará su tramitación parlamentaria.

El Proyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, introduce una novedad significativa en la determinación de la edad de los menores migrantes no acompañados en España, también llamado ‘menas’. La propuesta transfiere la competencia de establecer la edad de estos menores desde la Fiscalía a los jueces de menores.

Esta reforma busca garantizar una mayor protección de los derechos de los menores y asegurar que el proceso de determinación de la edad se realice con todas las garantías legales. Actualmente, la Fiscalía es la encargada de este procedimiento, pero con la modificación propuesta, serían los jueces quienes asumirían esta responsabilidad.

Además, el proyecto de ley contempla la asistencia jurídica gratuita para los menores desde el inicio del procedimiento, reforzando así su derecho a una defensa adecuada. Sin embargo, algunas organizaciones defensoras de la infancia han expresado preocupación, ya que la reforma permitiría invalidar documentos de identificación emitidos por los países de origen de los menores, lo que podría afectar negativamente su situación legal y su protección.

La propuesta ha generado debate en el Congreso de los Diputados, con partidos como el Partido Popular y VOX presentando enmiendas para frenar la reforma. Argumentan que podría incentivar la inmigración ilegal y debilitar la capacidad de decisión de la Fiscalía. Actualmente, solo organizaciones como Fundación Raíces pueden judicializar estos casos, y los jueces suelen aceptar documentos oficiales de los países de origen.

La principal novedad de este proyecto de ley, pues, es la transferencia de la competencia para la determinación de la edad de los menores migrantes no acompañados a los jueces de menores, con el objetivo de reforzar las garantías legales y la protección de los derechos de estos menores en España.

Esta ley orgánica se estructura en un artículo único, una disposición transitoria única, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales. El artículo único introduce dos apartados, uno que incorpora un nuevo apartado 2 bis en el artículo 2, que amplía las competencias de los juzgados de menores para conocer del procedimiento de determinación de la edad; y el apartado dos, que añade un segundo párrafo en el apartado 5 del artículo 17 cuando la persona detenida sea puesta a disposición del Ministerio Fiscal.

Esta norma es complementaria a la reforma de la Ley por la que se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para regular el procedimiento de determinación de la edad, que también está siendo objeto de tramitación parlamentaria.

El Grupo VOX presentó una enmienda la totalidad de devolución señalando que “la modificación que se pretende aumentaría, aún más si cabe, no solo el conocido como efecto llamada, sino que que supone un incentivo para que los infractores, una vez detenidos, no faciliten su edad”.

El Grupo Popular, por su parte, argumenta en su enmienda que “el nuevo mecanismo para la determinación de la edad no solo originaría retrasos en la materia, sino que afectaría también a otros procedimientos de competencia de los Juzgados y Tribunales, que se verían postergados”.

El proyecto de ley fue presentado por el Gobierno el 22 de noviembre de 2024, siendo encomendada su tramitación a la Comisión de Justicia. Al haberse presentado enmiendas a la totalidad de devolución, el texto se ha sometido a este primer debate de totalidad.

Una vez rechazadas las enmiendas de devolución, el texto continúa su tramitación en ponencia y comisión, que debatirán el texto y las enmiendas al articulado presentadas. Concluida su tramitación en el Congreso, y si la norma es aprobada, se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.

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