El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de la nueva Ley de Información Clasificada, reemplazando la normativa franquista de 1968. Se argumenta que era necesario superar este legado preconstitucional para alinear España con los estándares de democracias avanzadas, y establecer que los criterios de transparencia y seguridad nacional sean equiparables a los de la UE y la OTAN.
La ley introduce por primera vez plazos automáticos de desclasificación según cuatro niveles de información: Alto Secreto, hasta 60 años (prorrogables a 75); Secreto, 45 años (con posibilidad de prórroga); Confidencial, entre 7 y 9 años; y Restringido, entre 4 y 5 años. Además, se dispone la desclasificación automática de todos los documentos anteriores a 1981, lo que incluye la dictadura franquista y la Transición, tras un máximo de 45 años. No obstante, si existe una justificación rigurosa sobre seguridad nacional o defensa, se pueden prorrogar prórrogas motivadas.
Un pilar central es que no podrá clasificarse información relativa a violaciones graves de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad, a fin de garantizar la memoria histórica y el derecho a la verdad. Además, se reconoce el derecho ciudadano a solicitar la desclasificación por interés personal o profesional. Sin embargo, siguen existiendo líneas rojas y no se contempla una desclasificación sistemática para todo contenido clasificado, sino un proceso gradual y justificado.
La Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada, dependiente del Ministerio de la Presidencia, será la encargada de supervisar el sistema. El control frente a filtraciones será administrativo (en lugar de penal), con multas que van desde 30.000 hasta 2,5 millones de euros. Al graduar la sanción, se tendrá en cuenta el derecho a la libertad de información.
Se establece un cambio de competencias: la gestión y clasificación de lo más sensible será exclusiva del Consejo de Ministros, mientras que casos de menor nivel podrán ser gestionados por autoridades tasadas. El Tribunal Supremo tendrá finalmente la potestad de dirimir conflictos o impugnaciones judiciales vinculadas a la desclasificación.
La aprobación responde a un compromiso asumido por Pedro Sánchez con el PNV, especialmente con Aitor Esteban, durante esta legislatura. Se trata de un segundo intento, tras un anteproyecto de 2022 que no prosperó por adelanto electoral, el cual fue criticado por sancionar más duramente a filtradores. Ahora se reduce el peso sancionador y se incorpora el criterio de libertad informativa.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, destacó que esta norma «sitúa a nuestro país en la línea de los países más avanzados de Europa» en tanto que el ministro de Justicia, Félix Bolaños, insistió en que “la clasificación será algo excepcional y deberá hacerse de manera motivada”.
El texto aprobado hoy es un anteproyecto que se remitirá al Congreso para su debate y tramitación parlamentaria. A su paso por las Cortes se espera que se estudien las enmiendas, especialmente las aportadas por la oposición —PP, Sumar, ERC y Compromís han expresado objeciones— y que se clarifiquen los mecanismos de transparencia y control judicial.



