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miércoles, julio 29, 2026

La Audiencia Nacional, incompetente para valorar si hay delito de odio en las protestas contra Israel en la Vuelta Ciclista

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha inadmitido por falta de competencia la denuncia presentada por la Asociación para la Concordia en Oriente Medio (ACOM) contra Red Solidaria contra la Ocupación Palestina (RESCOP), el movimiento global BDS (Boicot Desinversiones y sanciones), los partidos EH Bildu, Sumar, e Izquierda Unida y contra el director técnico de la Vuelta, Kiko García, por delitos de odio, contra la seguridad vial, desórdenes públicos y lesiones por los incidentes ocurridos los días 27 de agosto y 3 de septiembre en las respectivas etapas de la Vuelta Ciclista a España.

En un auto, Pedraz explica que, salvo en los casos en los que desde un principio se deriven claros indicios de la comisión de un delito de los que la ley atribuye su conocimiento a la Audiencia Nacional, se deben seguir las reglas ordinarias en materia competencial.

“Pues bien, sentado lo anterior procede inadmitir a trámite la denuncia interpuesta por cuanto los hechos a que se refiere no pueden constituir un delito de los atribuidos a la competencia de la Audiencia Nacional puesto que ninguno de los mismos está previsto dentro de sus competencias”, tal y como establece el artículo 65.1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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