El último Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores con el objetivo de reforzar la protección laboral de las personas que denuncien irregularidades, infracciones normativas o casos de corrupción dentro de las empresas.
La iniciativa desarrolla y amplía las garantías ya previstas en la Ley 2/2023, que incorporó al ordenamiento español la Directiva europea sobre protección de los informantes, y pretende ofrecer una mayor seguridad jurídica a quienes colaboren en la detección de conductas ilícitas en el ámbito laboral.
La reforma parte de una idea central: ningún trabajador debe sufrir consecuencias negativas por comunicar, de buena fe y a través de los canales previstos por la ley, hechos que puedan constituir una infracción administrativa, un delito o un caso de corrupción. Para ello, el Gobierno propone introducir en el Estatuto de los Trabajadores un conjunto de medidas que convierten en nulas determinadas decisiones empresariales cuando estén motivadas por la presentación de una denuncia o por la revelación de información protegida por la Ley 2/2023.
Uno de los cambios más relevantes consiste en el refuerzo de la protección frente al despido. El anteproyecto establece que será nulo el despido de un trabajador cuando este se produzca como consecuencia de haber comunicado una infracción o colaborado en la lucha contra la corrupción. La nulidad afectará tanto a los despidos disciplinarios como a los despidos por causas objetivas, así como a las extinciones del contrato durante el período de prueba cuando tengan como origen la condición de informante del empleado.
La diferencia entre un despido improcedente y un despido nulo resulta especialmente significativa. Mientras el primero puede resolverse mediante el pago de una indemnización, el despido nulo obliga, con carácter general, a la readmisión del trabajador y al abono de los salarios dejados de percibir.
Con esta modificación, el Ejecutivo pretende elevar el nivel de protección de quienes denuncien irregularidades, sustituyendo el modelo basado exclusivamente en la compensación económica por otro que garantice la continuidad de la relación laboral cuando exista una represalia.
El anteproyecto no limita esa protección al despido. También declara nulas las órdenes de discriminar y cualquier decisión empresarial que implique un trato desfavorable o una represalia contra el trabajador por haber comunicado una infracción, haber formulado una reclamación interna o haber iniciado actuaciones administrativas o judiciales destinadas a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.
De este modo, la protección se extiende a otras medidas como cambios injustificados de funciones, pérdida de oportunidades profesionales, modificaciones perjudiciales de las condiciones de trabajo o cualquier otra actuación que tenga un carácter retaliatorio.
La reforma busca además consolidar una cultura de integridad y transparencia dentro de las organizaciones. Uno de los principales obstáculos para que afloren los casos de corrupción o de incumplimiento normativo ha sido tradicionalmente el temor de los trabajadores a sufrir consecuencias laborales por informar sobre ellos. El Gobierno considera que reforzar las garantías legales puede favorecer que más empleados utilicen los canales internos y externos de denuncia previstos por la legislación.
Estas modificaciones se enmarcan en la aplicación práctica de la Ley 2/2023, de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que obligó a numerosas empresas y administraciones públicas a implantar sistemas internos de información y protocolos para gestionar las denuncias de forma confidencial. El nuevo anteproyecto pretende completar ese marco legal trasladando expresamente al Estatuto de los Trabajadores las consecuencias laborales derivadas de la condición de persona informante.
La iniciativa también responde a la necesidad de garantizar que quienes colaboren con las autoridades o con los órganos internos de cumplimiento puedan hacerlo sin temor a perder su empleo o sufrir otras represalias profesionales. Según el Ejecutivo, proteger a los informantes constituye un elemento esencial para detectar de forma temprana prácticas irregulares, mejorar el cumplimiento normativo y reforzar la confianza en las instituciones y en las organizaciones privadas.
Tras su aprobación en primera vuelta por el Consejo de Ministros, el anteproyecto iniciará ahora el trámite de audiencia e información pública antes de continuar su recorrido legislativo. Durante ese proceso podrán incorporarse aportaciones de organizaciones empresariales, sindicatos, operadores jurídicos y otros colectivos afectados. Si finalmente supera su tramitación parlamentaria, la reforma supondrá un importante refuerzo de la protección laboral de quienes denuncien infracciones o casos de corrupción, consolidando un marco legal orientado a prevenir represalias y a favorecer una mayor transparencia en las relaciones laborales.



