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martes, julio 28, 2026

Los funcionarios de prisiones, camino de convertirse en agentes de la autoridad

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El Pleno del Congreso aprobaba hace unos días la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el artículo 80 de la Ley Orgánica 1/1979 General Penitenciaria para reconocer, a efectos legales, el carácter de agentes de la autoridad a los funcionarios de la Administración Penitenciaria, que se remite al Senado para continuar con su tramitación parlamentaria.

Para el sindicato CSIF, este reconocimiento es una “reivindicación histórica” que el sindicato asume “como un triunfo, teniendo en cuenta además el contexto de violencia e inseguridad creciente que sufre el personal de Instituciones Penitenciarias en las cárceles”. No en vano, según datos oficiales, cada año se producen más de 500 agresiones, lo que equivale a una agresión cada 18-20 horas.

Este reconocimiento por parte del Congreso supone, entre otras novedades, que los presos que agredan a un funcionario de prisiones se enfrentarán a una pena adicional de hasta cuatro años de cárcel, tal y como recoge el Código Penal en su artículo 550.

El texto obtenía 323 votos a favor, 21 en contra y 2 abstenciones, alcanzando por lo tanto la mayoría absoluta necesaria para su aprobación por su carácter orgánico. La redacción aprobada coincide con el dictamen de la comisión, al haber quedado rechazadas todas las enmiendas vivas.

La iniciativa, del Grupo Socialista, manifiesta en su exposición de motivos que reconocer legalmente a los funcionarios de la Administración Penitenciaria como agentes de la autoridad «dará seguridad jurídica al trabajo que realizan y evitará que se dicten decisiones judiciales dispares». Asimismo, dotará «a sus manifestaciones e informes de relevancia probatoria» para que puedan ser considerados como suficientes «para adoptar la resolución que proceda, excepto prueba en contrario, en los procedimientos disciplinarios regulados».

Para ello, el texto propone la modificación del artículo 80 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, donde destaca que «los funcionarios de la administración penitenciaria en el ejercicio de su cargo tendrán la condición de agentes de la autoridad, con los derechos, deberes e incompatibilidades regulados por la legislación general de funcionarios civiles de la Administración General del Estado o de la Comunidad Autónoma de la que dependan».

Así, reza el texto, «en el ejercicio de sus funciones se atenderá al principio de imparcialidad, de conformidad con las normas constitucionales y el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, teniendo a todos los efectos legales el carácter de agentes de la autoridad y pudiendo identificar tal condición por su número de registro profesional, en procesos administrativos y judiciales que sean consecuencia de su actividad profesional».

«En los procedimientos disciplinarios sancionadores que se instruyan en las materias objeto de esta Ley», prosigue el acuerdo, «los informes emitidos por los funcionarios de la administración penitenciaria en el ejercicio de sus funciones, que hubiesen presenciado los hechos, constituirán base suficiente para adoptar la resolución que proceda, salvo prueba en contrario y sin perjuicio de que aquéllos deban aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles».

Otra novedad relevante es que la Administración deberá resarcir económicamente a los funcionarios de la administración penitenciaria cuando sufran daños personales o materiales en acto o con ocasión del servicio, sin mediar por su parte dolo, culpa o negligencia grave, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

La proposición de ley del Grupo Socialista fue calificada en abril de 2024 y tomada en consideración el 18 de junio de dicho año. Como no se presentaron enmiendas a la totalidad, el texto fue remitido a la Comisión de Interior para su debate. La ponencia incluyó una enmienda transaccional a las enmiendas 16 (del Grupo Vasco) y 17 y 18 (del Grupo Popular).

La comisión, en su sesión del 21 de mayo, rechazó todas las enmiendas al articulado votadas y aprobó la inclusión de la disposición transitoria. El dictamen, con la redacción acordada por el órgano, fue elevado al Pleno, donde por su carácter orgánico se exigió para su aprobación mayoría absoluta en una votación final de conjunto. El texto aprobado por el Congreso se remite ahora al Senado, donde continuará su tramitación parlamentaria.

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