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miércoles, agosto 12, 2026

Así es la futura Ley Orgánica de Integridad Pública que endurece la lucha contra la corrupción

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El Gobierno aprobó hace unos días en segunda vuelta el Proyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública, una de las principales iniciativas incluidas en el Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción aprobado en 2025. La norma pretende actuar sobre todas las fases del fenómeno corrupto, desde la prevención y la detección temprana hasta la investigación, la sanción y la recuperación del dinero público desviado.

Tras recibir el dictamen favorable del Consejo de Estado e incorporar observaciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), del Consejo Fiscal y de otros organismos, el texto será remitido al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria.

Uno de los pilares de la futura ley es el fortalecimiento de la prevención. Para ello se establece un marco estratégico de integridad que deberá desarrollarse mediante planes de acción periódicos, campañas institucionales, formación específica para los empleados públicos y herramientas destinadas a detectar riesgos de fraude antes de que se produzcan.

Entre ellas destacan los denominados mapas de riesgos, que permitirán identificar vulnerabilidades en la gestión de fondos públicos, tanto en la administración directa como en los servicios externalizados, así como posibles influencias indebidas en los procesos de recursos humanos. La norma también refuerza las unidades de auditoría interna del sector público empresarial y fundacional, cuya supervisión recaerá en la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).

La ley dedica una atención especial a tres ámbitos considerados especialmente sensibles: las sociedades mercantiles, la contratación pública y la financiación de los partidos políticos. En el caso de las empresas, se incrementará la trazabilidad de las participaciones sociales mediante la inscripción obligatoria de sus transmisiones y gravámenes en una sección específica del Registro Mercantil.

En materia de contratación pública se impulsarán procedimientos más homogéneos, una mayor profesionalización de las mesas de contratación, el aumento de la información contractual publicada y una justificación más estricta de las contrataciones de emergencia. Además, determinados contratos de especial riesgo exigirán que las empresas adjudicatarias dispongan de modelos de gestión de integridad y prevención de delitos. La norma incorpora igualmente la posibilidad de realizar auditorías ciudadanas sobre la gestión pública bajo la coordinación de la IGAE.

Otro de los cambios relevantes afecta a los partidos políticos. El proyecto prohíbe que las formaciones puedan financiarse mediante criptoactivos, endurece los controles sobre las aportaciones procedentes de gobiernos o entidades públicas extranjeras y veta la aceptación de publicidad gratuita en redes sociales y otros entornos digitales para evitar interferencias externas en los procesos electorales. También se modifica el régimen sancionador relacionado con la publicidad de donaciones y aportaciones económicas, diferenciando entre infracciones leves y graves según el importe no declarado.

La transformación tecnológica constituye otro de los ejes de la reforma. El texto prevé utilizar sistemas de big data, interoperabilidad entre bases de datos e inteligencia artificial para detectar patrones de fraude en subvenciones, contratos públicos o expedientes de gasto. No obstante, el proyecto establece expresamente que los algoritmos no podrán decidir por sí solos quién ha cometido actos de corrupción ni sustituir los procedimientos administrativos o judiciales, imponiendo garantías de supervisión humana, auditoría algorítmica y protección de datos.

El elemento central del nuevo modelo será la creación de la Agencia Independiente de Integridad Pública, que concentrará funciones actualmente dispersas en distintos organismos del Estado. La futura agencia integrará competencias del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la IGAE, la Autoridad Independiente de Protección del Informante y la Oficina de Conflictos de Intereses, además de asumir nuevas funciones relacionadas con la estrategia anticorrupción, la investigación administrativa, la protección de denunciantes, el análisis de datos, la contratación pública y la formación en integridad. Su presidente será elegido mediante convocatoria pública y requerirá una mayoría reforzada del Congreso para garantizar su independencia.

La protección de los informantes constituye otro de los aspectos más reforzados por el proyecto. Las personas que comuniquen posibles prácticas fraudulentas en el ámbito público podrán acceder a asesoramiento independiente, asistencia ante las autoridades competentes, medidas cautelares frente a represalias e incluso apoyo psicológico, financiero o indemnizaciones cuando sufran daños derivados de su colaboración. Asimismo, la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial permitirá especializar juzgados y secciones de los Tribunales de Instancia y de las Audiencias Provinciales en delitos relacionados con la corrupción.

En el ámbito penal, la ley endurece significativamente las consecuencias para quienes sean condenados por delitos de corrupción. Entre otras medidas, amplía de cinco a siete años el plazo de prescripción de numerosos delitos contra la Administración Pública y refuerza las penas de inhabilitación para obtener subvenciones, ayudas públicas, contratos con la Administración o beneficios fiscales y de la Seguridad Social, que podrán alcanzar hasta 20 años en determinados supuestos.

También se fortalece el denominado «blacklisting», haciendo obligatoria en ciertos delitos la prohibición de contratar con el sector público y aumentando la publicidad del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas respecto a las prohibiciones vigentes.

La recuperación del dinero público constituye el último gran objetivo de la norma. El proyecto condiciona el acceso a beneficios penitenciarios, como el tercer grado, al cumplimiento efectivo de las responsabilidades económicas y a la devolución de los fondos obtenidos ilícitamente.

Además, amplía las facultades de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) para gestionar con mayor eficacia los bienes embargados y decomisados, incluso antes de que pierdan valor, e introduce nuevas modalidades de decomiso, incluido el patrimonio no justificado vinculado a organizaciones criminales cuando exista resolución judicial motivada. Todo ello se completará con una futura Estrategia Nacional de Recuperación de Activos y con una mayor cooperación internacional con organismos como la Fiscalía Europea, Europol y Eurojust. Según el proyecto, el propósito final es impedir que los delitos de corrupción resulten rentables y garantizar que los recursos desviados regresen al patrimonio público.

 

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