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martes, julio 28, 2026

La Policía podrá hacer controles de alcoholemia en los colegios

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Proyecto de Ley de prevención del consumo de bebida alcohólicas y sus efectos en los menores de edad, por el que se prohíbe el consumo de alcohol en todos los centros educativos y habilita la posibilidad de que la Policía pueda hacer controles de alcoholemia en su seno.

El texto surge de las recomendaciones de la Ponencia ‘Menores sin alcohol’ de la Comisión Mixta Congreso-Senado para el Estudio del Problema de las Drogas y que tiene como objetivo prevenir el consumo de alcohol, retrasar la edad de inicio y reducir los episodios de consumo intensivo en este grupo vulnerable.

Según la última Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias en España (ESTUDES), el alcohol es la sustancia psicoactiva de consumo más generalizado entre estudiantes de 14 a 18 años. En 2023, el 75,9% reconocía haberlo consumido alguna vez en su vida, el 73,6%, en el último año, y el 56,6%, en el último mes. La edad media de inicio del consumo es de 14 años y el 93% de las y los adolescentes entre 14 y 18 años consideran fácil o muy fácil conseguir bebidas alcohólicas.

De acuerdo con la futura ley, se prohíbe el consumo de alcohol para todas las personas en centros educativos de educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas elementales artísticas; centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a personas menores de edad; otros centros de menores o destinados a su uso; y centros deportivos, de ocio o espacios dedicados a espectáculos públicos cuando haya sesiones que se hayan concebido específicamente para personas menores de edad.

También se prohíbe la venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública y en los demás lugares y circunstancias establecidos en otra ley estatal o autonómica o en una ordenanza municipal. Por otra parte, el suministro automático de bebidas alcohólicas requerirá que las máquinas de dispensación incorporen mecanismos técnicos eficaces, con vigilancia y custodia directa, que permitan impedir su adquisición por personas menores de edad. Además, no podrán instalarse en la vía pública, ni en lugares donde esté prohibida la venta o consumo de bebidas alcohólicas.

De igual modo, la exposición y acceso a las bebidas alcohólicas en los establecimientos de autoservicio deberá limitarse a un espacio concreto dentro del propio local que esté separado de los espacios con productos específicamente destinados a las personas menores de edad, mientras que en los establecimientos dedicados mayoritariamente a la venta de productos para personas menores de edad, no podrán venderse bebidas alcohólicas ni otros productos que los imiten, ni exhibirse en los escaparates o en el interior.

Con relación a la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se fija que podrán realizar pruebas de alcoholemia en lugares y circunstancias específicas donde el consumo de alcohol esté prohibido, como es el caso de los centros educativos.

Las pruebas se limitarán a métodos no invasivos como el etilómetro y podrán ser repetidas a petición de la persona afectada. Respecto a las sanciones, la multa impuesta a los menores de edad por la comisión de la infracción leve relacionada con el consumo de alcohol podrá ser suspendida a cambio de la participación en programas preventivos de sensibilización y concienciación o rehabilitadores en función de cada caso.

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